No voy a escribir ni de la navidad ni de Auggie Wren ni de Auster . Voy a dejar algunas cosillas de alguien que yo admiro ...profundamente El Tipo se llamaba Angelo Giuseppe Roncalli, Alias Juan XXIII Alias El Papa Bueno . A aquellos creyentes los invito a leer lo que este Hombre pensaba.
Se que puede resultar engorroso ler las encíclicas de Don Giuseppe Pero al menos pegarle una ojeada no vendría mal. Les aseguro que se van a sorprender...BIEN!!! Y verán la actualidad de sus propuestas.
I. ORDENACIÓN DE LAS RELACIONES CIVILES
8. Hemos de hablar primeramente del orden que debe regir entre los hombres.
La persona humana, sujeto de derechos y deberes
9. En toda convivencia humana bien ordenada y provechosa hay que establecer como
fundamento el principio de que todo hombre es persona, esto es, naturaleza dotada de
inteligencia y de libre albedrío, y que, por tanto, el hombre tiene por sí mismo derechos y deberes,
que dimanan inmediatamente y al mismo tiempo de su propia naturaleza. Estos derechos y
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deberes son, por ello, universales e inviolables y no pueden renunciarse por ningún concepto[7].
10. Si, por otra parte, consideramos la dignidad de la persona humana a la luz de las verdades
reveladas por Dios, hemos de valorar necesariamente en mayor grado aún esta dignidad, ya que
los hombres han sido redimidos con la sangre de Jesucristo, hechos hijos y amigos de Dios por la
gracia sobrenatural y herederos de la gloria eterna.
Los derechos del hombre
Derecho a la existencia y a un decoroso nivel de vida
11. Puestos a desarrollar, en primer término, el tema de los derechos del hombre, observamos
que éste tiene un derecho a la existencia, a la integridad corporal, a los medios necesarios para
un decoroso nivel de vida, cuales son, principalmente, el alimento, el vestido, la vivienda, el
descanso, la asistencia médica y, finalmente, los servicios indispensables que a cada uno debe
prestar el Estado. De lo cual se sigue que el hombre posee también el derecho a la seguridad
personal en caso de enfermedad, invalidez, viudedad, vejez, paro y, por último, cualquier otra
eventualidad que le prive, sin culpa suya, de los medios necesarios para su sustento[8].
Derecho a la buena fama, a la verdad y a la cultura
12. El hombre exige, además, por derecho natural el debido respeto a su persona, la buena
reputación social, la posibilidad de buscar la verdad libremente y, dentro de los límites del orden
moral y del bien común, manifestar y difundir sus opiniones y ejercer una profesión cualquiera, y,
finalmente, disponer de una información objetiva de los sucesos públicos.
13. También es un derecho natural del hombre el acceso a los bienes de la cultura. Por ello, es
igualmente necesario que reciba una instrucción fundamental común y una formación técnica o
profesional de acuerdo con el progreso de la cultura en su propio país. Con este fin hay que
esforzarse para que los ciudadanos puedan subir, sí su capacidad intelectual lo permite, a los
más altos grados de los estudios, de tal forma que, dentro de lo posible, alcancen en la sociedad
los cargos y responsabilidades adecuados a su talento y a la experiencia que hayan adquirido.