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En este episodio explicamos por qué el COMPU es soberano y qué significa esto al tomar decisiones sobre los servicios de un estudiante de educación especial.
Cuando sus integrantes acuerdan ofrecer una evaluación, terapia, equipo o cualquier otro servicio, esa determinación no puede quedar condicionada a la aprobación de un funcionario ajeno al COMPU.
Las consultas técnicas pueden realizarse antes de decidir, cuando existen dudas, pero sus resultados deben discutirse durante la reunión.
Una vez alcanzado un acuerdo y recogido en la minuta, ningún director regional, facilitador, superintendente ni otro funcionario puede revocarlo.
Solamente el propio COMPU puede modificar una decisión anterior, reuniéndose nuevamente y determinando que existe una alternativa mejor para el estudiante.
Este episodio invita a las familias a capacitarse, conocer la autoridad del COMPU y defender que todas las decisiones respondan a las necesidades particulares del estudiante.
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