“La corte Constitucional Colombiana ha fijado reglas Constitucionales, Legales y Jurisprudenciales que pueden ser aplicadas para determinar en qué consiste el interés superior de cada niño, dependiendo de las circunstancias particulares.
1. Garantía del desarrollo integral del menor.
2. Garantía para el pleno ejercicio de los derechos fundamentales.
3. Protección del menor frente a riesgos prohibidos.
4. Equilibrio entre los derechos de los niños y los derechos de sus padres sobre la base que prevalecen los derechos del menor.
5. Provisión de un ambiente familiar apto para el desarrollo del menor.
6. Necesidad de razones poderosas que justifiquen la intervención del Estado." (SENTENCIA T 679 de 2012).
Además habrá de armonizarse con los Instrumentos Internacionales de Derechos Humanos ratificados por Colombia.
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