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Seguimos con el análisis de la de la nueva Ley de Carga Pública que entró en vigencia en febrero 24 del 2020, y ahora vamos a hablar acerca de probar la facilidad de pagar un plan de salud.
La persona que solicita la residencia tendrá que demostrar que tiene los medios para pagar un plan de salud, pero en los Estados Unidos para usted tener un plan de salud debe tener un número de social security; si no lo tiene, las compañías de seguros no le darán acceso a un plan de salud.
Aquí las compañías de seguro deberán hacer unos cambios para que estas personas puedan pagar un plan de salud; entonces, ¿qué necesitamos mostrar para probar que podrán pagarse un plan de salud?
Lo primero que necesitamos son los Income Taxes de la persona que aplica, es muy importante tener en cuenta que hacer una declaración de impuestos de 3, 4, 5 o 10 mil dólares, no es un buen indicio, ya que no puede probar que ganando USD10.000 va a poder pagar un plan de salud.
Estos planes tienen un costo basado en las ganancias, pero además usted tendrá que demostrar al departamento de inmigración no solamente que trabaja, sino que paga impuestos y que su empleo es fijo y se puede proyectar para los próximos cinco años.
Por ejemplo, si aplica para una residencia en los Estados Unidos, porque está casad@ con un ciudadano americano, la persona indocumentada debe demostrar cierta cantidad de dinero como ingresos en su declaración de impuestos. Para declarar la persona debe solicitar un número de impuestos del IRS o ITIN, es decir un número para pagar impuestos; Recuerde que hay unas tablas que indican que una familia de dos, se debe ganar más de 25000 dólares al año.
Es decir, si su esposo se gana USD 25 mil, usted debe ganar entre 20 y 22 mil dólares al año, de lo contrario usted demostraría ingresos suficientes para pagar su plan de salud y en el caso de que llegará a pasar algo el gobierno de los Estados Unidos tendría que responder, y esta es la situación que se está tratando de evitar porque el gobierno dice que no quiere cargar con usted.
Amigos, en este momento estamos trabajando con varias aseguradoras que nos dan información sobre los planes de salud, y hay una posibilidad de que nos den una carta diciendo de que usted estuvo averiguando cuánto cuesta un plan de salud y planes de pago porque usted va a hacer una buena declaración de renta.
No se trata de hacer los impuestos de los últimos cinco o diez años, sino de la declaración del último año, o sea, usted debe hacer su declaración antes de abril 14 del 2020, pero, si los del año pasado, es decir 2018, los declaro con ingresos de 3 o 4 mil dólares, debe enmendar esa declaración porque no es una declaración real.
En los Estados Unidos una persona sola no sobrevive con menos de 14 o 20 mil dólares; la línea de pobreza según el gobierno federal es de 22.500 dólares, lo que significa que, si usted se gana 3.000, ese dinero no es real y no podría sobrevivir con ese dinero.
En las oficinas de Mercedes Cano estamos para ayudarle. Si desea que evaluemos su caso, puede contactarnos en nuestro teléfono 718-505-8506 o en nuestro sitio web www.mercedescano.com
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La Ley de Carga Publica
Mañana lunes, 24 de Febrero del año 2020, entrará una nueva interpretación de lo que quiere decir una carga pública en los Estados Unidos.
Desde mañana, toda persona que quiera sacar una residencia en los EEUU a través de una petición de familia o de trabajo, tendrá que demostrar que en un futuro no será una carga pública.
A pesar de que esta ley haya existido desde 1891 y que solo se haya empezado realmente a implementar desde 1999, esta administración del presidente Trump la ha codificado de una forma tan estricta que muchísimos inmigrantes tendrán gran dificultad procesando sus residencias desde el 24 de Febrero del año 2020.
La ley requiere que el oficial que mire su aplicación, determine si en un futuro usted podrá ser una carga pública. Esto lo determinará el oficial basado en su edad, su salud, el estatus de su familia, sus finanzas, su educación, sus habilidades, su capacidad de hablar inglés y su crédito en los EEUU. También evaluarán si usted, que esta indocumentado en este país, ha pagado impuestos en el último año antes de su aplicación.
Si usted no pasa todos estos requisitos, su residencia será negada porque usted puede ser una carga publica y el aplicante se referirá a un juez para un proceso de deportación.
Esta ley se aplicara tanto a la persona que está dentro de los EEUU tratando de ajustar su estatus, como aquel o aquella que está entrando a los EEUU con su residencia.
Qué hacer entonces?
Tenemos que consultar con un abogado antes de proceder y someter aplicaciones para las residencias; su abogado tendrá que evaluar detalladamente su historial y remediar cada uno de estos requisitos para que usted pueda en un futuro aplicar a su residencia. Remediar estos requisitos va a tomar tiempo y recursos del inmigrante.
Se acabó la época de simplemente someter aplicaciones y esperar el permiso de trabajo e ir a una entrevista para su residencia. Esto no se puede hacer más. Hay que evaluar, remediar inteligentemente todas estas posibles fallas y entonces y solo entonces radicar las aplicaciones con USCIS.
Venga a vernos para evaluar su caso, hoy más que nunca hay que prepararnos para lo que se viene desde mañana.
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Entrevista para horizonte Migrante
Hoy vamos a hablar sobre ¿qué pasa con los hijos qué se piden cuando son menores de edad, pero debido a la demora del proceso de inmigración cumplen la mayoría y no pueden entrar como menores de edad?
Estas personas si son pedidos por sus padres o padrastros, mantienen ese requisito de ser menores de edad para poder procesar su residencia, pero tendrán que quedarse en sus países o un determinado tiempo de acuerdo a la cantidad de visas que haya disponible para que el hij@ pueda entrar a los Estados Unidos.
Por ejemplo, su mamá se casó con un ciudadano americano y ella y su hermana menor inmigraron a los Estados Unidos con visas de residentes; a usted también lo pidieron, pero desafortunadamente cumplió los 21 años antes de terminar el proceso.
En este caso, usted debe quedarse en su país y esperar, porque ya no puede entrar bajo las leyes de inmigración como menor de 21 años. Usted esperará un tiempo determinado que puede ser 7, 8 o 9 años, pero se le concederá el beneficio de que cuando usted procese la residencia se le considere un menor de edad. A pesar del tiempo que espere puede ya tener 27 o 28 años, pero usted aplica bajo la ley que protege a los niños. Un caso bastante complicado.
Sus padres no deben realizar otra petición al cambiar las condiciones, porque entonces anula la primera, la cual es muy importante porque se hace bajo la ley del 2002, que es la que protege al muchacho o la muchacha para que conserven esos 21 años y puedan usar esa petición antigua para que puedan procesar su residencia. Lo que se sugiere entonces es consultar con un abogado que sepa de esta ley, que es particular y singular para cada caso, para que revise sus papeles.
Hay un límite en la cantidad de visas de preferencia que se asignan anualmente, es decir para personas que no son familiar inmediato, estas tienen un tiempo de espera ya que hay solamente 226 mil visas de familia en total para todos los países y 140000 de trabajo para todos los países.
Las visas de preferencia son solo el 7 por ciento de esos cupos, es decir que solo hay 25.620 visas para aquellos que busquen emigrar como familiares no inmediatos o para aquellos que vayan a entrar con las visas de residencia de trabajo. Realmente son pocas las visas en comparación con la cantidad de personas que quiere residir en los Estados Unido.
Otra condición importante para las visas de familia es que el hijo que fue pedido, debe ser soltero para poder calificar.
En conclusión, lo mejor es hablar con un abogado que revise su caso ya que es un tema complejo, pero tenga claro que una vez que usted se casa con alguien que tiene hijos mejores de 18 años, usted se convierte en el padrastro o madrastra les puede dar el beneficio de la residencia, ya sea que entren antes de los 21 o que esperen en sus países después de esta edad.
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5 RAZONES POR LAS QUE SE NECESITA UN ABOGADO DE INMIGRACIÓN PARA TRAMITAR DOCUMENTOS EN LOS EE.UU.
1. Un abogado debe estar con usted cuando hay una entrevista con un oficial de inmigración, o frente a un juez. Ese abogado podrá exigir que la ley se aplique a su caso, sus derechos se respeten y los procesos se terminen.
2. Su abogado debe prepararlo para todos los encuentros con oficiales o jueces en su caso. A veces el aplicante puede dar información equivocada o presentarla mal que puede hacer que su caso se complique o le hagan otros cargos.
3. Le debe de dar una copia de todo lo que se sometió a USCIS- usted siempre debe pedir una copia tanto de su médico, abogado, hospital, policía, tienda, etc. La palabra en este país, tristemente, no nos sirve en un caso de deportación.
4. Si hay un error, el abogado puede corregir o usted, el aplicante puede excusarse en que fue una falta de la oficina del abogado; firmar una aplicación que no tiene información correcta o falsa, puede dar lugar a cargos en su contra por mentirle a un oficial de inmigración.
5. Tranquilidad de que un profesional está a cargo de su caso y debe de responder a todas sus inquietudes o demoras, cambios de leyes o inconvenientes que usted pueda enfrentar mientras espera esa residencia. No todos los abogados están familiarizados con las leyes de inmigración. Nadie le puede asegurar un resultado, aprobación o perdón.
Lo único que un buen abogado de inmigración le puede prometer, es hacer bien el trabajo, mantenerlo informado, y compartir con usted la experiencia que él o ella han tenido en caso parecidos.
Cuando un amigo, para-legal o notario le tramita sus papeles y todo sale bien, no hay problema. Cuando algo sale mal, arreglar un error en inmigración, puede costarle caro y puede terminar en deportación.
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Entrevista para Horizonte Migrante
Las personas que quieran aplicar hoy para una residencia, permiso de trabajo, estado temporal de protección, también llamado TPS, ciudadania americana, y que alguna vez en su vida, hayan tenido algún contacto con inmigración (arresto, negada una entrada a los EEUU, aplicaciones anteriores para permisos de trabajo, etc.) si hoy son elegibles para un beneficio de inmigración, deben de pedir a su abogado que pida y estudie su récord.
Hoy en día con el avance de las computadoras y los logaritmos que logran identificar fotos, nombres y fechas de nacimiento, es mas fácil para las autoridades comparar nombres y datos biográficos que harán que el nuevo beneficio entre a ser cuestionado.
Si la persona ha sido deportada por algún delito violento, un caso de drogas, violencia domestica o simplemente deportada por estar sin status en los EEUU, esta nueva aplicación debe ser detalladamente escrutinizada por un experto en inmigración. Nada se debe obviar.
Consulte con su abogado pues pedir el récord a una agencia del gobierno, ICE, inmigración, conocida como USCIS, el FBI o una corte, puede abrir una caja de sorpresas y lo pueden buscar. Solo si el beneficio que busca actualmente lo protege de su récord, se debe de pedir este. Y si existe ese récord, tendrá que haber un perdón que absuelva su problema anterior.
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Entrevista para Horizonte Migrante
Las Visas U es una ley que se creó por el congreso en el 2010, esto quiere decir que el presidente actual o el futuro no puede limitar o tumbar esa ley ya que fue aprobada por el congreso en esa época.
De que se trata la Visa U?
Se hizo para incentivar a los inmigrantes indocumentados dentro de los EEUU, para que reporten cuando son víctimas de un delito violento, sin importar si arrestan o no a la persona quien comete el delito. La persona que ha sido víctima tiene que llamar, reportar o denunciar el delito -que tuvo que haber sido violento- para considerar aplicar para la visa U.
Ejemplo 1: Si en su hogar hay violencia doméstica y su vecino llama a la policía porque alguien está siendo golpeado en el hogar, y la policía viene pero usted no colabora y niega lo que está pasando, entonces usted no califica para la visa U.
Es importante entender que esta visa se hizo para incentivar a los inmigrantes a que reporten y denuncien los delitos violetos.
Cuántas visas U existen?
Existen 10 mil visas al año, esto quiere decir que hay una lista larguísima de personas esperando, pero lo importante de esta visa es que eventualmente, la persona que aplica, su esposo o esposa y sus hijos menores de 21 años, obtendrán un permiso de trabajo si viven en los EEUU, y una residencia (estén donde estén).
Ejemplo 2: Si usted está en los EEUU y lo atraca alguien con un revolver o lo golpean, y usted reporta este incidente; la policía llega y no puede encontrar a nadie, pero usted colabora con el policía, le entrega información al detective que le permita investigar, describe la persona, testifica, etc. Así no logren encontrar a nadie, usted puede calificar para la Visa U.
Cuáles son los requisitos para calificar?
Usted necesitará que ese policía, fiscal o corte de familia, lo certifique a usted como una víctima de un delito violento. El proceso hoy en día es muy demorado, pero hay que empezarlo (independientemente de cuando hayan ocurrido los hechos) después de que usted haya colaborado con la justicia podrá aplicar.
Después de que lo hayan certificado como víctima viene el proceso con inmigración, donde toma tiempo (años generalmente) pero usted finalmente recibirá su visa de trabajo (green card) para luego obtener su recidencia donde podrá finalmente, traer a sus familiares.
Esta es de las pocas leyes que han hecho para proteger a la comunidad inmigrante en los EEUU, esto es importante porque la tendencia del inmigrante cuando es víctima de un delito es “minimizar” no quiere reportar, no quiere ir a un hospital y se hace sus propias curaciones, sin saber que el costo del hospital lo paga el estado -si usted fue víctima de un delito violento-. Muchos de quienes nos consultan, fueron víctimas de un atraco que nunca reportaron por temor al “bill” del hostpital.
Importante: Esta visa tambien aplica para los trabajadores que han sido violentados o amenazados en sus trabajos, el departamento de trabajo podría certificarlo a usted como víctima de un delito y aplicar para su visa U.
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Esta pregunta nos las hacen nuestros clientes todo el tiempo: Pago o no pago impuestos?
Así que compartimos con ustedes una lista conceptos para que usted pueda determinar que hacer en su caso.
Es importante recibir asesoría profesional sobre su caso y no tomar desiciones basadas en evación de impuestos, esto puede perjudicar su residencia en el país o afectarle en su cambio de estatus -si se encuentra en medio de un proceso-.
Si usted esta en medio de un proceso legal o esta a punto de iniciarlo y necesita asesoría legal, no dude en contactarnos para hacer una evaluación de su caso, puede llamarnos a nuestro teléfono 718-505-8506 o en nuestro sitio web www.mercedescano.com
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Entrevista para Horizonte Migrante
Residencias para parejas gay a través de su cónyuge:
Si quien aplica para la residencia se encuentra en los EEUU:
Si la persona está dentro de los EEUU y tiene una relación, se puede casar para así luego aplicar por su residencia (ver: ajuste de estatus para parejas del mismo sexo) no hay ningún problema siempre y cuando la persona haya entrado legalmente al país. Para quienes entrator sin visa se puede aplicar a un perdón.
Desde junio de 2015 en los EEUU se acepta el matrimonio gay, y con esté, todos los derechos que éste trae consigo, derecho a heredar, a recibir beneficios migratorios como la residencia, derecho a opinar si su cónyuge se encuentra inabilitado para tomar desiciones acerca de su vida.
Si quien aplica para la residencia se encuentra en otro país donde no se acepta el matrimonio gay:
El ciudadano Americano, puede pedir a ese futuro cónyuge. Para esto debe comprobar que esa relación exite y que es genuina.
Hoy en día muchas relaciones empiezas através de aplicaciones digitales y es válido. Lo único que si debe hacer quien otorga los beneficios, es ir a conocer a ese futuro cónyuge para despues pedirlo a los EEUU como prometido o prometida, y tienen que casarse antes 90 días de haber entrado al país.
EL proceso basicamente es el mismo que una petición de familia regular: aplicaciones, pruebas y entrevista. Después de esto la persona obtendrá la residencia. (ver: Aprobada residencia a pareja gay)
En los EEUU los matrimonio y derechos para la comunidad gay, se han establecido fuertemente desde el 2015.
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Entrevista para Horizonte Migrante
Puede un hijo de padres Mexicanos indocumentados -nacido en EEUU- solicitar la residencia americana para sus padres? La abogada Mercedes Cano nos responde.
La respuesta es si! El hijo mayor de 21 años puede pedir a sus padres indocumentados en los EEUU, ese es el primer paso para una residencia.
La complicación está en que si esos padres entraron sin visa, entonces tendrán que recoger su residencia en el consulado de los EEUU en México. Al salir de los Estados Unidos, si permaneció por más de un año indocumentado y sin visa, se les aplicará un castigo “El castigo de los 10 años” el cual se aplica a aquellas personas que han estado más de un año en este país y entraron originalmente sin ningun tipo de visa. Desafortunadamente este castigo es muy largo, pues son 10 años los que tendrá que abandonar la vida que ya había construido en este país.
Lo que sugerimos en estos casos es; -si se empieza el proceso- es postponer la cita en el consulado en el país de Mexico hasta que haya un perdón para esos padres. esto no es algo imposible, ya que esta propuesta de ley es de 2013 y quizas después de que la presente administración termine, el próximo mandatario proponga algún tipo de ley que nos ayude en este proceso.
Hemos asesorado a muchas familias en este tipo de procesos, si usted, algun familiar o amigo necesita mayor información acerca de este tipo de casos y perdones, comuniquese con nosotros 718-505-8506 o puede agendar usted mismo su cita en www.mercedescano.com/reserva-de-citas/.
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