La Preterición es la omisión, en la sucesión testamentaria, de quienes han de suceder forzosamente, según la ley, es decir, descendientes, ascendientes y cónyuge, si lo hubiera. Se pueden dar dos supuestos que sea o no intencionalmente, ambos supuestos sólo tienen en común la omisión en el testamento de uno, varios o todos los legitimarios, pues su concepto, requisitos y efectos son muy distintos
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