El juez Alejandro Recarey, subrogante durante los primeros siete días de la feria judicial menor, definió la “suspensión inmediata” de las vacunaciones a niños menores de 13 años “bajo apercibimiento de desacato” hasta que el Ministerio de Salud Pública cumpla con dos condiciones:
se publique o publiquen íntegros todos los contratos de compra de estas vacunas, así como todo documento adjunto a ellos, en especial todos aquellos que detallen la composición de las sustancias a inocular.
se elabore un texto, a “suministrar a los responsables de los menores que se vacunen, que informe completamente y con claridad” la composición de las sustancias inyectables, los beneficios que conlleva la vacuna, los riesgos que tenga “con detalle de su naturaleza, probabilidad, magnitud”; así como que “aclare que la sustancia tiene sólo autorización de emergencia y no definitiva”, explicando las diferencias entre esos dos tipos de habilitación, y “que se den detalles de los efectos adversos ya detectados, en su totalidad”.
Ahora el Estado tiene tres días para presentar la apelación del fallo y luego hay tres días de plazo para que los accionantes respondan. Vencido ese plazo, el tribunal de apelaciones tiene cuatro días para confirmar o revocar la sentencia del juez Recarey.
Ya conversamos con el Dr. Pablo Schiavi, experto en Derecho Administrativo.
Conversamos En Perspectiva con Fernando Torres, abogado co patrocinador del recurso de amparo con Maximiliano Dentone.