La DGT ha actualizado la normativa para autocaravanas mediante la Instrucción PROT 2026/04, respondiendo al crecimiento de un sector que ha pasado de 48.000 a casi 137.000 vehículos en una década. Estos vehículos se definen legalmente como construcciones especiales sobre chasis comerciales que incluyen rígidamente mobiliario básico como camas, cocina y armarios. Con dimensiones que suelen oscilar entre los 5,5 y 8 metros de largo y una masa máxima frecuente de 3.500 kg, su diseño está orientado específicamente al alojamiento y la movilidad.
Uno de los puntos clave de la instrucción es la distinción técnica entre estacionar y acampar, una diferencia crucial para evitar sanciones de turismo. Se considera que una autocaravana está correctamente estacionada —y por tanto sujeta a las normas de tráfico y no de acampada— siempre que se mantenga dentro de su propio perímetro sin desplegar elementos externos, esté apoyada únicamente sobre sus ruedas sin usar patas estabilizadoras y no emita fluidos ni ruidos al exterior. Mientras se cumplan estos requisitos, la maniobra se rige por el Reglamento General de Circulación y las ordenanzas municipales de tráfico.
En cuanto a la seguridad y operatividad, la normativa subraya que el uso del cinturón de seguridad y de los sistemas de retención infantil es obligatorio para todos los ocupantes, tanto en vías urbanas como interurbanas, de la misma forma que en un turismo convencional. La única excepción a esta regla se aplica a los vehículos antiguos que no tengan instalados dichos sistemas de fábrica. Así, la instrucción busca unificar criterios para garantizar una convivencia armónica entre los usuarios de estos vehículos y el resto de ciudadanos.