Los tribunales han propinado un duro varapalo a los antisemitas en las universidades de Granada y Valencia al anular sus boicots discriminatorios contra instituciones israelíes. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía anuló la decisión de la Universidad de Granada de suspender todas sus colaboraciones académicas y científicas con Israel, considerándola discriminatoria y contraria a los derechos fundamentales.
La Universidad de Granada había decidido suspender el intercambio de estudiantes e investigadores y cortar las colaboraciones científico-técnicas con instituciones israelíes. Sin embargo, los tribunales consideraron esta medida como una forma de discriminación que vulnera principios constitucionales básicos, obligando a la institución académica a restablecer la normalidad en sus relaciones internacionales.
Una sentencia similar se emitió en Valencia, donde un tribunal condenó a la Universidad de Valencia por discriminar a instituciones judías e israelíes al aprobar un acuerdo de boicot. Los tribunales anularon la medida por vulnerar la igualdad, la neutralidad institucional y la Constitución española, estableciendo un precedente claro contra el antisemitismo académico.
Obligación de reparar el daño
En Valencia, el consejo universitario había firmado un manifiesto contra Israel y a favor de Palestina que el juzgado considera discriminatorio. Los tribunales obligaron a la universidad a difundir la anulación de este pacto con la misma publicidad que el texto original, para restituir el daño causado por la campaña antisemita.
Esta medida de reparación resulta especialmente significativa porque obliga a las universidades a reconocer públicamente su error y a corregir el mensaje discriminatorio que habían promovido. Los tribunales establecen así que las instituciones académicas no pueden ampararse en la libertad de cátedra para promover campañas de odio.
Las sentencias representan un importante precedente legal contra el antisemitismo institucional en España. Los tribunales dejan claro que las universidades públicas deben mantener neutralidad y no pueden discriminar por motivos étnicos o religiosos, protegiendo así los derechos fundamentales de la comunidad judía frente a campañas de boicot sistemático.