Entre las medidas decretadas, se establece que el Ministerio de Cultura debe actualizar la Política Pública para los pueblos indígenas de El Salvador, a fin de mantener y desarrollar la identidad étnica y cultural, cosmovisión, valores y espiritualidad de los pueblos indígenas, tal como lo regula el art. 63, inciso segundo de la Constitución.
Además, que se iniciara de inmediato, por parte del Ministerio de Cultura, el respectivo trámite legal a efecto que se otorgaran las medidas específicas de protección que correspondan en favor de los sitios sagrados identificados y reconocidos por la comunidad indígena de Nahuizalco y de las demás expresiones culturales de la referida comunidad indígena; en aras de dotar del estatus o protección legal correspondiente a los lugares, prácticas y/o expresiones culturales.
El pasado 2 de diciembre las medidas cautelares prorrogadas por cuarta vez, por el Juzgado Ambiental, vencieron y a esta fecha no se ha notificado si dicha Cámara las ha prorrogado.
En el río Sensunapán existen siete hidroeléctricas, algunas de estas empresas no cuentan con los permisos.
Alejandro Labrador, de la UNES, lamentó que no haya justicia ambiental en favor del medio ambiente y bienes naturales. Señala que la empresa insiste en la construcción de la octava hidroeléctrica en el Sensunapán y agrega que las medidas cautelares deben ser permanentes y cumplirse.