Por su parte, Zaira Navas, jefa jurídica de Estado de Derecho y Seguridad de Cristosal, señala que el estado de excepción, las recientes reformas al Código Penal y el Código Procesal Penal y la práctica implementada en este contexto por los Juzgados Especializados, la Procuraduría General de la República y la Fiscalía, entre otros, han limitado los derechos a la defensa, a la presunción de inocencia, a un recurso judicial efectivo y al acceso a un juez independiente.
Además, Navas señaló que tras ser detenidas, las personas son privadas de la libertad y presentadas en audiencia judicial donde, en su mayoría, son acusadas del delito de “agrupaciones ilícitas”, cuya pena oscila entre 20 a 30 años de prisión.
Además, una minoría de personas ha podido tener acceso a defensores privados, quienes no tienen acceso al expediente, desconociendo la información presentada por la Fiscalía. Estas audiencias pueden llegar a realizarse hasta con 500 acusados a la vez y son resueltas de forma sumaria. Prácticamente todas las personas son sujetas a proceso por parte del Poder Judicial, aún cuando no exista ninguna evidencia.