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Visita el Blog del Abogado Cientifico donde encuentras artículos, ensayos, opiniones y reflexiones sobre temas lógicos, filosóficos y empíricos de la abogacía.
En esta ocasión te presento sintetizadamente mi postura metodológica de litigio.
Espero tus comentarios.
Audiencia real en delito de V10laci0n donde se da un buen debate sobre Cese y Modificación de Medida Cautelar de Prisión Preventiva Oficiosa. Se pide el cese de prisión preventiva oficiosa con base en sentencias CASO TZOMPAXTLE TECPILE Y OTROS VS. MÉXICOy CASO GARCÍA RODRÍGUEZ Y OTRO VS. MÉXICO
Lamentablemente el audio de la jueza es pésimo porque fue por videoconferencia y no se pudo rescatar casi nada de su resolución en la edición del audio.
Temas de debate: Riesgo para víctima; admisión y valoración de datos de prueba de la defensa; imposición o no de Prisión Preventiva Justificada.
PD: Ya que no se escucha resolución de la Jueza de Control, su resolución fue en el sentido de que declara el Cese de Prisión Preventiva Oficiosa e impone Prisión Preventiva Justificada por existir riesgo para la víctima.
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Descarga el archivo del bloque de constitucionalidad aquíEste trabajo propone un marco conceptual lógico-semántico para delimitar, construir y aplicar el bloque de constitucionalidad en México. Se clarifica la noción de bloque de constitucionalidad como concepto jurídico que habla de Derechos Humanos y no de normas jurídicas. Se indica cómo el bloque funge como parámetro de control de regularidadconstitucional, para finalmente proponer un modelo lógico-semántico para construir un bloque de constitucionalidad, mostrando su aplicación a un caso real en el que se argumentó la invalidez de un acto de autoridad consistente en un embargo sobre un excedente salarial, lo cual violentó el Derecho Humano al mínimo vital previsto en un determinado bloque de constitucionalidad, demostrando con ello la pertinencia práctica del marco conceptual y modelo propuesto.
Blog: https://abogadocientifico.com.mx/Curso dado en Grupo de Estudio Luna
Taxatividad y Concurso Aparente de Normas se incluye en el caso con un planteamiento del problema y una hipótesis. Sobre lo primero:Se analiza la determinación de forma precisa las conductas objeto de la prohibición.Identificar ambigüedad terminológica o vaguedad conceptual.Analizar “carácter”, “contenido” y “condiciones de aplicación”Identificar si se debe acudir a diverso orden legal o si se le deja a diversa autoridad complementar la conducta.Sobre lo segundo: Nos sumamos a la idea de que el concurso aparente de normas puede ser representado por medio de una inclusión. Pero, precisando que tendríamos que interpretar esa inclusión como enunciado de ausencia, en el sentido -semántico- de que A está incluido en B sí y sólo sí A menos B es igual al vacío. Es decir, que no es necesaria la coexistencia de dos tipos penales en relación a un mismo hecho cuando uno de ellos puede excluír al otro.Los principios de resolución de conflicto de normas interpretados acorde a la noción de predicados y teoría de la referencia de Mario Bunge, establecen predicados binarios. Es decir, predicados que relacionan por inclusión 2 Tipos Penales: Especialidad: "A es más específico que B".Consunción: "A es más amplio que B". Subsidiariedad "A es más subsidiaria de B". En este su aplicación está jerárquicamente condicionada.Todos establecen una exclusión o negación de necesidad de B, por ello vuelve razonable representar el CAP mediante la inclusión entendida bajo un enunciado de ausencia.HIPOTESIS: 1) Concurso de normas pertenecientes a dos leyes diversas.2) Concurso de normas pertenecientes a una misma Ley.2.1 Conflicto entre normas de la parte especial de la Ley.2.2 Conflicto entre normas de la parte general. (Atenuantes, agravantes)2.3 Conflicto entre normas de la parte especial y la parte general.
Corrección: La definición dada en el mínuto 50 es la de voluntabilidad. Por lo que, la imputabilidad es la capacidad psicobiológica de comprender la concreta violación del deber jurídico penal y actuar conforme a esa comprensión.
Este es un curso de 2 horas y media dados en el Centro de Estudios Luna. Se habla de:
Tipo Penal
Taxatividad
Concurso Aparente de Normas
Tipicidad
Delito
Aplicación Práctica
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Este Primer episodio habla sobre el Modelo Lógico del Derecho Penal y de qué habla o cuáles son sus objetos de teorización: sus referentes y clases de referencia (antes "niveles de lenguaje").
Se expone su establecimiento original en 1960 y las modificaciones que con el tiempo se han realizado hasta este 2025, semánticos, lógicos y jurídicos.
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El debido proceso también se violenta por medio de la falta de diligencia de la defensa. En este episodio te explico un caso real en el cual, la inactividad injustificada de la defensa y la omisión de su estudio por parte de la Jueza de Control, entre otros, trajeron que se violentara el derecho humano de la debida defensa material y debido proceso. Y la nulidad de actuaciones procesales en la etapa intermedia y reposición del plazo de los 10 días para ofrecer medios de prueba.
En este episodio te digo cómo se logró ello. Puedes descargar gratis el formato del amparo y la resolución federal en el blog de el abogado científico o dando click aquí
Me presento ante ustedes y platicamos un poco sobre cómo obtener experiencia y los próximos abogados que van a juzgar.
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Esta es una Audiencia Real.
Desde el Modelo Lógico del Derecho Penal y un enfoque de Derechos Humanos consistente en la exacta aplicación de la Ley y derecho a guardar silencio como defensa se planteó la inconstitucionalidad del tipo penal de Desaparición de personas cometida por particulares en audiencia de Juicio Oral donde se juzgó el Delito y Responsabilidad de un ciudadano acusado de Desaparición de Personas Cometida por Particulares.
Temas de los alegatos:
a) Falta de requisito de procedibilidad.
b) Sana crítica: ¿Cómo obtuvo conocimiento del hecho el testigo presencial?
c) Sí acreditación del hecho. Pero, ¿El acusado es el responsable? ¿Duda razonable?
c) Fiscalía y asesor jurídico vs defensa: Insuficiencia probatoria de la defensa.
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