El tema que nos ocupa el día de hoy hace referencia a un pronunciamiento reciente de la Corte Suprema de Justicia colombiana, en el caso de una pensión de sobrevivientes para 2 personas que vivían desde el año 2000 con el fallecido; concretamente, 3 hombres vivían juntos conformando una familia, y uno de ellos muere. Es la sentencia SL 2151 del 31 de mayo de 2022. Con ponencia del magistrado Santander Rafael Brito Cuadrado. El tema escogido merece toda nuestra atención y nuestro respeto. La sociedad ha cambiado y no en pocos casos la normativa vigente resulta escasa, casi inexistente para resolver determinados asuntos. ¡pero al fin de cuentas, pues se deben resolver! Es cuestión de justicia.
Mariana y Abril nos cuentan que conocieron el caso de Alejandrina, que hasta hace un mes se encontraba en una relación poliamorosa. Lamentablemente una de sus compañeras, Manu, falleció en un accidente aéreo. Manu era la encargada de sostener tanto a Alejandrina como a su otra compañera Soe. Las dos no solo quedaron devastadas por su gran pérdida, sino también porque no saben cómo van a poder sostenerse económicamente sin la ayuda de Manu. Entonces, se preguntan si se aplica la pensión de sobrevivientes para su caso que es una relación poliamorosa. ¿Ambas podrán beneficiarse de dicha pensión, o solo podrá reconocérsele a una de las dos?