Llevamos décadas padeciendo un problema sistémico con la mora judicial en Costa Rica. Peor aún, la dificultad para cumplir con el precepto constitucional de justicia pronta y cumplida, es cada vez mayor.
Muchas razones intervienen en la mora judicial: hay obstáculos de gerenciamiento de procesos, calidad de los jueces, sobresaturación de litigios, aparición de nuevos tipos penales, insuficiencia de recursos y también, sí, maniobras a ultranza de algunos litigantes para evitar el avance de los juicios.
Con la intención de enfrentar el atascamiento, la Sala Tercera elaboró un proyecto de reforma al Código Procesal Penal que la Corte Plena remitió para su tramitación a la Asamblea Legislativa y ya ha provocado una airada reacción por parte de abogados penalistas.
Las iniciativas que persigue justicia eficiente propone, entre otros cambios, declarar en rebeldía a imputados que no asistan a las audiencias preliminares, permitir que un solo juez conozca delitos con penas de hasta diez años, acortar plazos para reemplazar a defensores ausentes y que el procedimiento abreviado pueda aplicarse durante la audiencia preliminar. Algunos de estos cambios han sido señalados reiteradamente por el Informe Estado de la Justicia.
No obstante, conocedores del derecho rechazaron ad portas la propuesta de separar del cargo a abogados defensores particulares que aludan choques de agenda y accionen cambios de señalamientos para la continuidad de los procesos judiciales. Tanto así que el penalista Gerardo Huertas con quien conversaremos mañana, asegura que es una grosera violación al derecho de defensa y, por tanto, una violación constitucional al derecho de elección de defensor de confianza, quitarle su abogado a un cliente en el transcurso de un proceso.
Entonces, ¿cómo blindar los procedimientos para impedir la mayor cantidad posible de maniobras dilatorias sin restringir la esencia del debido proceso que debe protegerse?
Al respecto los invitamos con el Dr. Gerardo Huertas Angulo.